¿Qué es el salario mínimo y por qué tiene que ver con los derechos humanos?

¿Qué es el salario mínimo y por qué tiene que ver con los derechos humanos?
  • 17 Diciembre, 2019

En México, el salario mínimo se incorporó en 1962 al articulo 123 de la constitución

El gobierno federal anuncio ayer un incremento del 20% al salario mínimo en el país y de 5% en la zona libre fronteriza, el cual consideró como “histórico” y el más alto en los últimos 44 años. En un evento en el Palacio Nacional, el presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer que el salario pasó de 102.69 a 123.22 pesos diarios para 2020, es decir, 3 mil 746 pesos mensuales.

Para la zona libre de la frontera Norte, donde el año pasado se duplicó, el salario mínimo 2020 se ajustó de 176.72 a 185.56, lo que equivale a un pago de 5 mil 641 pesos mensuales.

Los incrementos ponen fin a una caída de 73% en el poder adquisitivo y beneficiará a 3.44 millones de trabajadores inscritos en el sector formal en el país.

El salario no es una cuestión económica, sino también de Derechos Humanos

La CNDH define el salario como uno de los derechos de toda persona que trabaja para un tercero, a través del cual puede disfrutar de una vida digna. Los ingresos de una persona le deben permitir que cubra sus necesidades básicas de alimentación, vivienda, salud, educación, entre otras, no solo para sí misma, sino también para su familia, por lo que, en ese sentido, tal derecho está relacionado directamente con el goce y la satisfacción de diversos derechos humanos.

Historia del Salario mínimo en México

El concepto de salario o ingreso mínimo de los trabajadores tiene sus orígenes en 1890, en Nueva Zelanda y Australia, y fue motivado por la problemática padecida por los trabajadores, especialmente mujeres y jóvenes, cuya remuneración era tan baja que no les permitía lograr la autosuficiencia para ellos y sus familias. Esta figura protectora se difundió y ha sido adoptada por diversos países, entre ellos México.

El monto y el poder adquisitivo del salario han sido temas de amplio debate en un gran número de países. La preocupación por la suficiencia del salario no ha sido ajena al contexto mexicano. Es en 1962 cuando fue incorporada la figura del salario mínimo al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en virtud de la iniciativa presentada al Congreso de la Unión el 27 de diciembre de 1961 por el Lic. Adolfo López Mateos, entonces Presidente de la República, con el propósito de “superar constantemente el contenido de la Constitución, reformando y completando las disposiciones afectadas por el transcurso del tiempo que ya no armonicen con las condiciones sociales y económicas y las necesidades y aspiraciones de los trabajadores”, como se advierte en la exposición de motivos, desde entonces y hasta ahora, el texto del citado artículo, en su apartado A, fracción VI, establece que los salarios mínimos generales deben ser “suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos”. La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI), prevista en el propio artículo 123 constitucional, es un organismo público integrado por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, que tiene la encomienda de llevar a cabo esta labor.

Salario mínimo y bienestar

Desde el 2010, el Consejo Nacional de Evaluación de la política de desarrollo Social (CONEVAL), identifica a las personas o grupos de personas en situación de pobreza con base en la línea de bienestar y la línea de bienestar mínimo.

Según el citado organismo, la línea de bienestar mínimo se refiere al valor monetario de una canasta alimentaria básica, es decir, al costo total al mes que le implique a una persona contar con comida suficiente en cantidad y calidad nutricional. Por su parte, la línea de bienestar corresponde al valor monetario de una canasta de alimentos, como el de otros bienes y servicios.

Ello significa el costo total al mes que implica a una persona, aunando al acceso de los alimentos, sufragar gastos inherentes a su transporte, cuidados personales, educación, cultura, recreación, vivienda, vestido y salud, entre otros satisfactores. Los diversos aspectos de la vida humana contemplados en los referentes anteriores coinciden con algunos de los elementos que se consideran necesarios para vivir con dignidad.

La alimentación, la salud, la educación y la vivienda, por mencionar solo algunos, son derechos humanos expresamente reconocidos en la CPEUM y en los tratados internacionales de los que México es parte. En tal virtud, la suficiencia del monto del salario mínimo general es una condición primordial para asegurar su pleno goce y disfrute, particularmente de aquel sector de la población que solo percibe el equivalente a un salario mínimo.


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Fuente de Información: El universal

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